Carta Porte: SAT actualiza la regla para exportaciones con transporte propio

El pasado 13 de mayo de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025.

El pasado 13 de mayo de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025. 

Dentro de esta resolución, se introdujo un cambio a la regla 2.7.7.2.7, con implicaciones directas para las empresas que realizan operaciones de exportación definitiva utilizando sus propios medios de transporte.

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A partir del 14 de mayo, fecha en que entraron en vigor estos cambios, los exportadores ya no están obligados a incorporar el Complemento de Comercio Exterior al CFDI tipo traslado para acreditar el transporte. 

En su lugar, ahora se exige únicamente el uso del Complemento Carta Porte, lo cual representa un avance importante hacia la simplificación del cumplimiento fiscal para quienes realizan exportaciones por medios propios.

Este nuevo enfoque permite a los contribuyentes acreditar correctamente el movimiento de mercancías dentro del territorio nacional y hasta su destino final en el extranjero mediante un solo comprobante fiscal digital, siempre que este cuente con el complemento correspondiente.

¿Qué implicaciones tiene esto para tu operación?

Uno de los aspectos más relevantes de la modificación es que el CFDI que debe transmitirse a la autoridad aduanera como parte del proceso de despacho es aquel que ampare el cruce fronterizo de la mercancía. 

Esto dependerá de si el cruce se realiza con vehículos del propio exportador o a través de un transportista externo.

En el primer caso, el propietario de la mercancía deberá emitir un CFDI de tipo traslado con Complemento Carta Porte. Este CFDI deberá estar vinculado al comprobante fiscal inicial. 

En el segundo escenario, si se contrata un tercero para realizar el cruce, el transportista deberá emitir un CFDI de tipo ingreso con el mismo complemento, relacionando también el CFDI de traslado emitido previamente.

Para las empresas que administran grandes volúmenes de datos logísticos y contables, estos requisitos implican un mayor control documental y la correcta trazabilidad entre los diferentes tipos de CFDI, especialmente cuando se trata de operaciones mixtas o cambios de modo de transporte.

¿Cómo cumplir con esta disposición de forma eficiente?

Cumplir con las nuevas disposiciones del SAT puede resultar complejo si se gestionan manualmente los datos requeridos para el CFDI con Carta Porte

Por ello, herramientas como I-Xport se vuelven esenciales para automatizar estos procesos y evitar errores que puedan derivar en sanciones o retrasos en el cruce fronterizo.

I-Xport cuenta con un módulo de generación de Complemento Carta Porte vinculado directamente con los catálogos del Anexo 24, lo que permite crear CFDI de traslado de manera automática, precisa y conforme a las reglas aplicables. 

Toda la información relevante sobre productos, unidades de transporte, rutas y operadores ya está disponible dentro del sistema, eliminando la necesidad de capturas manuales.

Evita contratiempos en aduana y cumple con seguridad las disposiciones del SAT con esta solución.

Fuente: SAT

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