Prioridad de aplicación de aranceles en EE. UU. y procedimientos para solicitar reembolsos
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) publicó una guía actualizada sobre la aplicación de aranceles múltiples conforme a la Orden Ejecutiva 14289. Esta orden busca evitar la acumulación de aranceles (“stacking”) sobre un mismo artículo importado, estableciendo un orden claro de prioridad para determinar qué medida arancelaria presidencial debe aplicarse en cada caso.
¿Qué medidas arancelarias están involucradas?
La nueva disposición considera los siguientes instrumentos:
Sección 232 sobre Autos y Autopartes – Proclamación 10908 (marzo 2025)
IEEPA Canadá – Orden Ejecutiva 14193 (febrero 2025)
IEEPA México – Orden Ejecutiva 14194 (febrero 2025)
Sección 232 sobre Aluminio – Proclamación 9704 (marzo 2018)
Sección 232 sobre Acero – Proclamación 9705 (marzo 2018)
Orden de prioridad para la aplicación de aranceles
Primero: Si un artículo está sujeto a la Sección 232 de Autos o Autopartes, no se deben aplicar otros aranceles bajo las medidas de IEEPA (Canadá/México), ni los de la Sección 232 para aluminio o acero.
Exención: Las autopartes que califican como originarias bajo el T-MEC están exentas tanto de la Sección 232 como de los aranceles bajo IEEPA.
Segundo: Si el artículo no está sujeto a la 232 Autos, se evalúa la aplicación de las órdenes IEEPA (Canadá o México). Si corresponde, no se aplican los aranceles de la Sección 232 sobre aluminio o acero.
Exención: Los productos con trato preferencial bajo el T-MEC también están exentos de los aranceles IEEPA.
Tercero: Si no aplican los criterios anteriores, se revisa si corresponde aplicar aranceles bajo la Sección 232 para aluminio y/o acero. Si el artículo califica para ambos, se deberá pagar ambos aranceles.
Dato relevante: El aluminio de origen ruso, o los productos que contengan aluminio fundido en Rusia, están sujetos a un arancel del 200%.
Declaración adecuada y cumplimiento normativo
Los importadores deben declarar los códigos del Capítulo 99 de la Lista Arancelaria Armonizada de Estados Unidos (HTSUS) que correspondan al arancel aplicable o, en su caso, la exención conforme al T-MEC.
Escenarios de aplicación
Te presentamos 3 ejemplos prácticos de aplicación de aranceles bajo la Orden Ejecutiva 14289, con base en la priorización establecida:
Escenario 1: Autopartes mexicanas calificadas bajo T-MEC
Producto: Componentes electrónicos para vehículos ligeros
Origen: México
Destino: EE. UU.
Clasificación: Califica para trato preferencial bajo T-MEC
Aplicación de aranceles:
No se aplica 232 Autos/Autopartes
No se aplica IEEPA México
No se aplica 232 Acero ni Aluminio
Se reporta Capítulo 99 del T-MEC para exención (por ejemplo, 9903.01.14)
Escenario 2: Acero canadiense sin trato preferencial T-MEC
Producto: Placas de acero laminado
Origen: Canadá
Destino: EE. UU.
Clasificación: No califica para trato preferencial bajo T-MEC
Aplicación de aranceles:
No aplica 232 Autos
Sí aplica IEEPA Canadá → 25%
No se aplica 232 Acero (queda desplazado por IEEPA Canadá)
Se reporta: 9903.01.10 / 25%
Escenario 3: Producto mixto con acero y aluminio
Producto: Transformador eléctrico con carcasa de aluminio y componentes de acero
Origen: México
Destino: EE. UU.
Clasificación:
No sujeto a Autos o IEEPA México
No califica para T-MEC
Aplicación de aranceles:
No aplica 232 Autos
No aplica IEEPA México
Sí aplica 232 Aluminio y 232 Acero (Se paga 10% sobre contenido de aluminio y 25% sobre contenido de acero)
Se reporta: 9903.85.01 (aluminio) y 9903.80.01 (acero)
¿Cómo solicitar reembolsos de aranceles?
La Orden Ejecutiva 14289 tiene efectos retroactivos desde el 4 de marzo de 2025 para mercancías ingresadas o retiradas del almacén para consumo desde esa fecha. Si se pagaron aranceles múltiples que ya no aplican bajo el nuevo orden de prioridad, los importadores pueden solicitar reembolsos a partir del 16 de mayo de 2025.
Existen dos mecanismos para presentar la solicitud:
Corrección posterior al resumen (PSC): Aplica para entradas que aún no han sido liquidadas.
Protesta conforme a 19 U.S.C. §1514: Para entradas ya liquidadas cuyo plazo de protesta todavía está vigente.
Es importante considerar que no se autorizarán reembolsos por aranceles que no estén contemplados en la Orden Ejecutiva 14289, como es el caso de los correspondientes a la Sección 232 de Autos.
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Asistencia técnica
De acuerdo con el aviso oficial CSMS #65054270, cualquier duda técnica puede ser dirigida a:
Trade Remedy: traderemedy@cbp.dhs.gov
Representante de cliente CBP o ACE Help Desk, en caso de errores al presentar resúmenes.
Fuente: CBP