Programa IMMEX: Requisitos y procedimiento para solicitar la autorización en 2026

Dos personas supervisando el trabajo en una fábrica

El Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) es el instrumento mediante el cual la Secretaría de Economía (SE) autoriza a una empresa para importar temporalmente mercancías: materias primas, componentes, maquinaria y equipo. Lo anterior, siempre y cuando los bienes se incorporen o se empleen en los procesos industriales o de servicios, y cuyo resultado se destine a la exportación.

Las empresas que sean titulares de este programa de fomento al comercio exterior tienen la posibilidad de acceder a esquemas y certificaciones que les proporcionen beneficios fiscales y facilidades operativas, como el diferimiento de aranceles y créditos equivalentes al 100 % del impuesto al Valor Agregado. Esto con el objetivo de elevar la competitividad del país, haciéndolo atractivo para la inversión extranjera.

El artículo 3 del Decreto IMMEX establece que la SE podrá autorizar un solo Programa por persona moral, que puede operar bajo alguna de las siguientes modalidades: Controladora de empresas, Industrial, Servicios, Albergue y Tercerización.

¿Cuáles son los requisitos fundamentales para solicitar un Programa IMMEX en 2026?

Para obtener la autorización IMMEX en 2026 ante la Secretaría de Economía, las personas morales deben presentar una solicitud electrónica detallando su proceso productivo, contar con e.firma vigente, RFC activo y opinión positiva del SAT. Es indispensable acreditar la posesión legal del inmueble, presentar un programa de inversión sólido y comprometer ventas anuales al exterior por al menos 500,000 USD.

Información y Compromisos de la Solicitud

Conforme al artículo 11 del Decreto IMMEX, la solicitud debe especificar los siguientes elementos clave:

  • Datos Corporativos: Información de la empresa, socios, accionistas y representantes legales.

  • Operación: Descripción detallada del proceso productivo, servicios y capacidad instalada de la planta.

  • Clasificación Arancelaria: Fracciones de mercancías temporales (Anexo II) y productos finales.

  • Exportación Mínima: Compromiso de ventas al exterior > 500,000 USD o el 10% de la facturación total.

Es importante señalar que el titular del programa de fomento, al importar temporalmente bienes al país para su proceso productivo, está obligado a reportar a la autoridad fiscal el estatus de los inventarios correspondientes a estas operaciones mediante un sistema de control automatizado, conocido como Anexo 24.

 
 

Documentación Técnica Obligatoria

Documentos anexos requeridos para acreditar la infraestructura y el proyecto comercial:

  • Legalidad: Acta constitutiva inscrita y acreditación de posesión del inmueble (mínimo 1 año de vigencia).

  • Proyecto: Contratos de maquila, compraventa o pedidos en firme que respalden la exportación.

  • Inversión: Planos, fotografías, montos de inversión y proyecciones de importación a dos años.

Estatus Fiscal y Cumplimiento

El solicitante debe mantener un cumplimiento fiscal impecable bajo los siguientes criterios:

  • Certificado de e.firma y RFC con domicilios operativos activos.

  • Opinión de cumplimiento positiva (Artículo 32-D del CFF).

  • No figurar en listados de empresas inexistentes o con irregularidades (Art. 69 y 69-B del CFF).

4. Requisitos adicionales para la modalidad de Controladora de empresas

Las empresas que soliciten operar bajo la modalidad de Controladora de empresas deben cumplir con los requisitos adicionales que la Secretaría establezca mediante Acuerdo, conforme a la fracción IV del artículo 11.

Procedimiento para Solicitar el Programa IMMEX

Paso 1: Presentación de la solicitud

El trámite se presenta ante la Secretaría de Economía a través de medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 17 del Decreto, que establece que las empresas deben realizar los trámites relacionados con el Programa por esa vía.

Paso 2: Visita de inspección

Previo a la aprobación, la fracción V del artículo 11 indica que se realizará una visita de inspección al lugar o lugares donde se llevarán a cabo las operaciones. Esta visita la efectúa:

  • La Secretaría, en todos los casos.

  • El SAT cuando se solicite la importación temporal de mercancías del Anexo II del Decreto, o en cualquier otro caso que ambas autoridades determinen.

El objetivo de la visita es constatar que el solicitante cuenta con la capacidad instalada necesaria para procesar las mercancías o realizar el servicio objeto del Programa.

Si la autoridad constata que el solicitante únicamente cuenta con el inmueble, el Programa se autoriza por un periodo preoperativo de tres meses, durante el cual solo podrá importar las mercancías señaladas en el artículo 4, fracción III del Decreto. Al concluir ese plazo —o antes, a petición del titular— se realiza una nueva visita para verificar la instalación de maquinaria y equipo; con resolución favorable, la empresa podrá entonces importar las mercancías de las fracciones I y II del artículo 4.

Paso 3: Resolución de la Secretaría de Economía

El artículo 11 establece que la SE debe emitir la resolución a la solicitud de un Programa dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud. Para los demás trámites relacionados con un Programa ya autorizado, el plazo es de 10 días hábiles.

Si transcurren estos plazos sin que la dependencia emita resolución, se entiende que la solicitud fue resuelta favorablemente, y la autoridad debe emitir la resolución correspondiente en ese sentido.

Paso 4: Notificación e inscripción en el padrón de importadores

Una vez notificada la autorización del Programa, la Secretaría transmite electrónicamente los datos de la empresa al SAT, para que este la inscriba de manera automática en el padrón de importadores, conforme al artículo 9 del Decreto.

Paso 5: Asignación del número de identificación

Al autorizar el Programa IMMEX, la Secretaría asigna un número de identificación que la empresa debe utilizar en todos los trámites relacionados con su Programa, tanto ante la Secretaría como ante el SAT, según el artículo 18 del Decreto.

 
Buque de contenedores en puerto
 

Vigencia del Programa

El artículo 12 del Decreto establece que los Programas estarán vigentes mientras el titular continúe cumpliendo con los requisitos previstos para su otorgamiento y con las obligaciones establecidas en el Decreto.

Beneficios y ventajas del Programa

Las empresas con Programa IMMEX pueden importar temporalmente distintas categorías de mercancías con plazos de permanencia diferenciados:

  • Hasta 18 meses para combustibles, lubricantes y materiales consumibles en el proceso productivo; materias primas, partes y componentes destinados a integrar mercancías de exportación; envases, empaques, etiquetas y folletos.

  • Hasta dos años para contenedores y cajas de tráileres.

  • Por la vigencia del Programa para maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos, moldes y refacciones destinadas al proceso productivo, así como equipo de control de contaminación, investigación, capacitación, seguridad industrial, telecomunicación, cómputo, laboratorio, medición, prueba de productos, control de calidad y equipo para el desarrollo administrativo.

Este programa de fomento ofrece la posibilidad de transferir las mercancías importadas temporalmente a otras empresas IMMEX o a empresas registradas para operar en él, para llevar a cabo procesos de submanufactura de exportación relacionados con los fines del Programa autorizado.

Además, el artículo 6 BIS exime a las empresas IMMEX de trámites adicionales de ampliación cuando incorporen mercancías o productos finales ya comprendidos en su Programa (salvo mercancías del Anexo II, con la excepción de empresas certificadas), así como de tramitar autorizaciones específicas de aduana y horario para el despacho de sus mercancías, excepto aquellas que representen riesgo en salud pública o seguridad nacional.

De acuerdo con el Ing. Irán Uribe, gerente de comercio exterior en Grant Thornton Tijuana, las empresas IMMEX, pueden recibir también la aprobación para operar simultáneamente un Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) y una Regla Octava que brindan facilidades relacionadas con el diferimiento de aranceles, de acuerdo con el tipo de producto y servicio de exportación que desempeñen.

Sumado a lo anterior, contar con un programa IMMEX faculta a la compañía titular para incorporarse al Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, como lo es la modalidad IVA e IEPS.

Beneficios adicionales para empresas con registro de empresa certificada

El artículo 6 del Decreto establece los beneficios para las empresas con Programa que además cuenten con el registro de empresa certificada que otorga el SAT:

  • Quedar exentas del cumplimiento del Acuerdo a que se refiere el artículo 5 del Decreto, relativo a los requisitos específicos para la importación temporal de mercancías del Anexo II.

  • Efectuar el despacho aduanero de exportaciones a domicilio, conforme a los lineamientos que emita el SAT mediante Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

  • Considerar como desperdicios los materiales ya manufacturados en el país que sean rechazados por control de calidad, así como aquellos obsoletos por avances tecnológicos.

  • Acceder a facilidades relativas a la rectificación de datos en la documentación aduanera, reducción de multas y cumplimiento espontáneo de obligaciones derivadas del despacho aduanero, conforme a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior que establezca el SAT.

  • Beneficiarse de otras medidas de simplificación y fortalecimiento de la seguridad jurídica previstas en la Ley Aduanera, que el SAT establezca mediante Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

  • Acceder a los demás beneficios que, en el ámbito de su competencia, establezcan la Secretaría o el SAT mediante disposiciones de carácter general.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Programa IMMEX? Es la autorización que otorga la Secretaría de Economía a una persona moral para importar temporalmente mercancías destinadas a procesos de manufactura, maquila o servicios de exportación, al amparo del Decreto IMMEX.

¿Quién puede solicitar un Programa IMMEX? Personas morales residentes en territorio nacional conforme a la fracción II del artículo 9 del Código Fiscal de la Federación, que tributen bajo el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

¿Cuánto tarda la Secretaría en resolver la solicitud de un Programa IMMEX? 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud; si no hay respuesta en ese plazo, se entiende resuelta favorablemente.

¿Qué monto mínimo de exportación se debe comprometer? Ventas al exterior superiores a 500,000 dólares de los Estados Unidos de América, o facturar exportaciones por al menos el 10 % de la facturación total anual.

¿Se requiere una visita de inspección para obtener el Programa? Sí, previo a la aprobación se realiza una visita al domicilio donde se llevarán a cabo las operaciones, para constatar la capacidad instalada.

Fuente: Decreto IMMEX

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