EE. UU. emite nuevas disposiciones para aranceles de acero y aluminio
Los exportadores de acero y aluminio para la industria automotriz tendrán la posibilidad de reducir hasta en un 50 % la tasa arancelaria en sus envíos a Estados Unidos siempre que cumplan con una serie de requisitos.
El Departamento de Comercio de Estados Unidos estableció los procedimientos formales para que productores de acero y aluminio que operan en México y Canadá soliciten estos ajustes arancelarios.
De acuerdo la publicación del 23 de abril de 2026 en el Federal Register, esta medida deriva de la Proclamación Presidencial 10984 y busca fortalecer la seguridad de la cadena de suministro, así como fomentar la capacidad de producción nacional de productos clave, específicamente vehículos pesados y medianos, así como autobuses y sus partes.
Alcance de la medida y criterios de elegibilidad
La normativa permite una reducción de hasta el 50 % de los aranceles establecidos originalmente en las Proclamaciones 9704 y 9705, siempre que la tasa resultante no sea inferior al 25 %.
Para acceder a este beneficio, las empresas deben cumplir con los siguientes requisitos:
Origen y proceso: los productos deben calificar para el trato preferencial del T-MEC. El acero debe haber sido fundido y vertido en México o Canadá, mientras que el aluminio debió ser fundido y moldeado en dichos países.
Destino del suministro: los solicitantes deben demostrar que suministran, directa o indirectamente, a fabricantes estadounidenses de automóviles o vehículos de carga y pasajeros.
Compromiso de inversión: el ajuste arancelario está condicionado a la creación de nueva capacidad de producción de acero o aluminio primario dentro de Estados Unidos.
Procedimiento de solicitud y cumplimiento
Las empresas interesadas deben enviar su documentación de manera electrónica a la dirección de correo oficial del Departamento de Comercio a partir del 23 de abril de 2026.
La solicitud debe incluir un plan de gestión de proyecto detallado, la ubicación de las futuras instalaciones, proyecciones de capacidad anual y un cronograma de hitos obligatorios, tales como la compra de terreno, el diseño de la instalación y el inicio de la construcción.
Una vez aprobado el proyecto, el Departamento notificará a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) para aplicar los ajustes correspondientes a través de los nuevos códigos del Sistema Arancelario Armonizado (HTSUS), específicamente las partidas 9903.82.18 para acero y 9903.82.19 para aluminio.
Consecuencias por incumplimiento
El mantenimiento de estos beneficios arancelarios dependerá del cumplimiento estricto de los objetivos presentados. El Departamento de Comercio realizará revisiones trimestrales de progreso.
Si determina que una empresa no ha cumplido sustancialmente con sus hitos de inversión, se podrán pausar los ajustes o incluso rescindir la elegibilidad de forma retroactiva, obligando al pago de los aranceles completos sobre las importaciones previas.
Fuente: Federal Register
