Compliance de comercio exterior: Puntos importantes para proteger tu empresa
El comercio exterior es un motor fundamental para la economía de México, aunque también es un ámbito de estricta regulación. Para las empresas importadoras y exportadoras, así como para sus equipos de comercio exterior, es fundamental estar al tanto de las consecuencias del incumplimiento para evitar multas y afectaciones operativas.
En este blog nos centraremos en los principales errores que pueden derivar en infracciones relacionadas con el sistema de control de inventarios, la transmisión de datos y aquellas que impactan directamente a las áreas de comercio exterior de tu organización; así como en acciones concretas para prevenirlos.
Sistema Automatizado de Control de Inventarios
El Artículo 59 fracción I de la Ley Aduanera (LA) exige a ciertas empresas (por ejemplo, las que importan mercancías temporalmente bajo programas IMMEX, depósito fiscal o recinto fiscalizado estratégico) llevar un sistema de control de inventarios automatizado y con los registros actualizados de todas sus mercancías de comercio exterior.
En otras palabras, la empresa debe contar con un software o mecanismo electrónico conocido como Anexo 24, que rastree entradas, salidas, saldos y ubicación de sus insumos importados en todo momento, conforme a lo que la ley describe.
No cumplir con esta obligación constituye una falta grave señalada por el Artículo 185-A de la LA, con una sanción económica aplicable de entre $23,910 y $47,860 pesos.
Asimismo, la falta de un control de inventarios confiable puede acarrear consecuencias indirectas: las autoridades aduaneras podrían suspender o cancelar el programa IMMEX y la empresa perdería los beneficios fiscales y facilidades administrativas que ofrece.
Por ello, es importante que el área de comercio exterior implemente este sistema de Anexo 24 y verifique que todas las mercancías importadas estén debidamente registradas, asegurándose de que los inventarios estén siempre actualizados y correctamente alimentados con cada movimiento.
Si tu empresa cuenta con un programa IMMEX, este control automatizado no es opcional. Además, si está dentro del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE) como el de IVA e IEPS, debe dar cabal cumplimiento al Apartado C del Anexo 24 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE).
Este apartado establece la responsabilidad de brindaral Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceso a la información del sistema de control de inventarios mediante usuario y contraseña.
La autoridad está aprovechando esta disposición para fiscalizar electrónicamente a las empresas y detectar con precisión cualquier discrepancia que pueda significar un uso indebido del programa sin la necesidad de llevar a cabo una auditoría o visita domiciliaria.
En I-Xport desarrollamos A24 C, una plataforma diseñada para cumplir con esta obligación y proteger los beneficios de tu Certificación IVA e IEPS, independientemente del sistema de Anexo 24 que utilices, gracias a su conectividad a través de interfaces.
La plataforma te envía notificaciones cuando la autoridad accede a revisar tu información con el usuario y contraseña proporcionado para tal efecto.
Errores y datos falsos en la transmisión de datos aduaneros
La digitalización del comercio exterior ha convertido la transmisión electrónica de información en un aspecto importante para el cumplimiento.
La segunda gran área de vigilancia corresponde a los errores, omisiones o falsedades en la transmisión de datos aduaneros. Las operaciones de comercio exterior requieren compartir vía digital la información a la autoridad: pedimentos, avisos consolidados, facturas electrónicas (COVE), complementos de valor, entre otros.
La Ley Aduanera en su artículo 184 establece que no transmitir o presentar estos datos en forma completa y veraz, o hacerlo fuera de plazo, es una infracción sancionable.
En términos sencillos: cada dato que la empresa envía (o debe enviar) al SAT/Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) debe ser oportuno y correcto, de lo contrario podría generar una multa.
A continuación, resumimos errores aduaneros comunes de las empresas en sus datos y las sanciones típicas asociadas:
Datos inexactos en facturas o pedimentos: transmitir información falsa o incompleta sobre el valor, descripción o cantidad de las mercancías como puede ser el valor comercial, número de piezas, unidad de medida, precio unitario o número de parte mal capturado. Este tipo de error, regulado en el Art. 184-A, puede suponer una multa de $29,420 a $49,050 pesos por pedimento.
Falta de documentos o avisos electrónicos obligatorios: es decir, omitir la transmisión de documentos requeridos por la autoridad aduanera que amparen las mercancías que introducen o extraen del territorio nacional. Cada documento faltante conlleva una multa que puede ir de $4,790 a $7,190 pesos. La multa se reducirá al 50% cuando se presenten de forma extemporánea.
Información incorrecta o inconsistente en las declaraciones: si la empresa presenta los datos pero estos contienen inconsistencias, errores tipográficos o son falsos, también es sancionable con una multa en el rango de $2,330 a $3,310 pesos por cada documento con información incorrecta.
Errores comunes incluyen clasificación arancelaria equivocada, datos del destinatario incompletos, fechas de pago mal registradas, entre otros.
Omisión de datos de identificación en pedimento: detalles como olvidar incluir ciertos datos en el pedimento pueden multarse. Un ejemplo es no declarar el nombre, denominación o RFC del proveedor o del importador en el pedimento o en el aviso consolidado, lo cual también constituye infracción (Art. 184 fracción XIII) y conlleva una multa de $3,990 a $6,680 pesos por pedimento.
Omisión de documentación
La tercera categoría de sanciones se refiere a omisiones en documentación o en el cumplimiento de regulaciones vinculadas con las operaciones de comercio exterior.
Muchas obligaciones aduaneras recaen en detalles administrativos que el área de comercio exterior debe gestionar. Si se pasan por alto, pueden acarrear multas e incluso problemas mayores (como pérdidas de mercancías o programas).
Entre las omisiones más importantes a vigilar se encuentran:
No presentar avisos de destrucción de mercancías: las empresas que operan con importaciones temporales (como las maquiladoras IMMEX) a veces generan desperdicios o mercancía sobrante que debe ser destruida.
La normativa exige presentar un aviso de destrucción ante la autoridad aduanera, indicando cuándo y dónde se destruirán esos bienes. Si el área de comercio exterior omite dar este aviso o no sigue el procedimiento, las consecuencias son severas.
En términos legales, la mercancía que no se reexportó ni se destruyó debidamente se considera no retornada dentro del plazo y esto es una infracción conforme al Art. 182 fracción II de la LA con una multa de entre $2,670 y $4,030 pesos.
Es importante señalar que esta pena se aplica por cada 15 días de retraso en el retorno si la propia empresa corrige espontáneamente la omisión.
Sin embargo, si la autoridad descubre el incumplimiento antes de que la empresa regularice, la multa puede escalar hasta entre el 30% y el 50% del valor comercial de las mercancías no retornadas e incluso la mercancía podría darse por confiscada.
Por eso es crucial avisar por escrito y en tiempo la destrucción de sobrantes o desperdicios, siguiendo los requisitos que marca la autoridad en el Código Fiscal de la Federación (CFF), su reglamento, así como las leyes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto sobre la Renta (ISR).
Incumplir con documentación de Normas Oficiales (NOM): muchas mercancías requieren cumplir regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA), como normas oficiales mexicanas de seguridad, etiquetado, salud, entre otras.
Esto implica obtener certificados o permisos y transmitir esa información al hacer el pedimento. Si el área de comercio exterior no anexa o transmite los datos de cumplimiento de la NOM, la importación queda irregular.
La Ley Aduanera sanciona expresamente en la fracción IV la omisión de transmitir la información que compruebe el cumplimiento de las RRNA cuando la empresa ya cuenta con ella. La multa ronda entre los $3,990 y los $6,680 pesos por presentación extemporánea.
Cuando esto ocurra, las empresas interesadas deberán transmitir o presentar un pedimento de rectificación, anexando (en documento electrónico o digital) la información que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.
Documentos sin código de barras o con errores en él: cada pedimento y aviso consolidado debe imprimirse con un código de barras que contiene información de control.
Si por alguna razón el documento se presenta sin el código de barras impreso o con algún detalle que impida su lectura, el artículo 185 fracción VI de la Ley Aduanera señala una penalización de entre $4,970 y $8,250 por cada pedimento o aviso consolidado.
Omisiones en declaraciones de retorno de importaciones temporales: en los regímenes temporales, el compromiso es retornar la mercancía importada (ya sea reexportándola o cambiándola a otro régimen). Si la empresa omite declarar el retorno, es decir, no realiza el pedimento de retorno o no regulariza la mercancía dentro del plazo, se ubica en el supuesto de infracción ya mencionado de Art. 182 fracción II de la LA.
La sanción indicada en el ordenamiento es de $2,670 a $4,030 pesos si el retorno se verifica en forma espontánea. Este monto se aplica por cada periodo de quince días o fracción que transcurra desde la fecha de vencimiento del plazo hasta que se efectúe el retorno, sin que exceda del valor de las mercancías.
Ante este escenario, se recomienda dar seguimiento a los calendarios de vencimiento de todas las importaciones temporales y asegurarse de presentar en tiempo los pedimentos de retorno, cambios de régimen o avisos de regularización que correspondan.
La importancia de una buena gestión de cumplimiento
Las autoridades aduaneras y fiscales han fortalecido sus mecanismos de control con el objetivo de combatir la evasión fiscal, el contrabando y asegurar la correcta entrada y salida de mercancías, por lo que el área de comercio exterior debe estar siempre un paso adelante.
Muchas de las omisiones señaladas en este blog dependen directamente de la gestión interna de la empresa. Contar con procesos sólidos como checklists, recordatorios, realizar auditorías preventivas, así como usar sistemas confiables que les apoyen a prever cualquier riesgo por incumplimiento son acciones fundamentales para asegurar una operación sin contratiempos.
El conocimiento y la prevención son tus mejores aliados en el comercio exterior. Las sanciones en materia aduanera pueden ser severas, impactando no solo las finanzas de tu empresa, sino también su reputación y capacidad operativa.
Invertir en la capacitación constante de tu equipo de comercio exterior, la implementación de tecnología adecuada para el control de inventarios y la transmisión de datos, y la revisión periódica de tus procesos son pasos esenciales para asegurar el cumplimiento y evitar costosas infracciones en México durante 2025.
En I-Xport tenemos más de 25 años de experiencia en el servicio a empresas IMMEX con soluciones software que agilicen sus operaciones, disminuyendo el margen de error para prevenir complicaciones fiscales y operativas.
Una de ellas es el Expediente Electrónico, con el que los usuarios pueden visualizar sus pedimentos en el Data Stage 48 horas después de haber sido pagados. Con esta facilidad ya no deben esperar al envío mensual de la glosa por parte de la autoridad y pueden detectar discrepancias para anticiparse y corregirlas oportunamente.
También el servicio de reestructuras te permite ordenar tu contabilidad aduanera para que la documentación de materia prima y activo fijo del periodo que elijas esté conciliado al 100% con la información del SAT.
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