SAT lanza el Programa de Regularización Fiscal 2026 

El SAT busca que los contribuyentes se pongan al corriente con sus obligaciones fiscales
  • Incluye beneficios para multas aduaneras y de comercio exterior

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la implementación del Programa de Regularización Fiscal 2026, un esquema de estímulos orientado a incentivar la corrección voluntaria de adeudos y contingencias. 

El dato de mayor impacto para empresas dedicadas al comercio exterior es que el beneficio aplica también a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones aduaneras, incluyendo recargos y gastos de ejecución vinculados con contribuciones propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o cuotas compensatorias correspondientes al ejercicio 2024 o anteriores. 

Alcance del estímulo y a quién va dirigido

El programa está dirigido a personas y empresas que hayan tenido ingresos en el ejercicio fiscal 2024 de hasta 300 millones de pesos (mdp). Bajo este esquema, los contribuyentes pueden acceder a:

  • Disminución de hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.

  • Una reducción de hasta 90% del monto, si el crédito fiscal está integrado exclusivamente por multas.

Este estímulo está previsto en la Ley de Ingresos de la Federación 2026 y cobra especial relevancia para empresas expuestas a revisiones de documentación, soporte, determinación de contribuciones y cumplimiento de obligaciones en operaciones aduaneras y de comercio exterior, donde las multas y accesorios suelen escalar con rapidez cuando se activa el cobro coactivo. 

Principales restricciones para acceder

Para solicitar el beneficio, el SAT establece criterios de elegibilidad y exclusión. En términos generales, no podrán acceder quienes:

  • Hayan recibido condonaciones en programas generalizados previos o ya hayan sido beneficiados por el estímulo del Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos 2025.

  • Tengan sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal.

  • Formen parte de los listados definitivos relacionados con los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF. 

Tres vías de regularización

El programa de regularización fiscal ofrece facilidades para que los contibuyentes subsanen sus omisiones fiscales

El programa opera para contribuyentes que se ubiquen en alguno de estos supuestos:

1) Omisiones autodeterminadas (2024 o anteriores).

El estímulo se aplica al presentar las declaraciones correspondientes y autodeterminar contribuciones y accesorios. Aquí, el beneficio se focaliza en recargos generados por el monto de la contribución omitida, debiendo manifestarse en el apartado “Pago” o “Determinación de pago”. El pago debe realizarse en una sola exhibición a más tardar el 31 de diciembre de 2026. 

2) Contribuyentes bajo facultades de comprobación.

Aplica cuando, dentro del procedimiento, el contribuyente subsana irregularidades, se autocorrige y paga dentro del plazo correspondiente, a más tardar el 31 de diciembre de 2026 y antes de que se notifique la resolución determinante de contribuciones omitidas. 

3) Créditos fiscales firmes.

Incluye créditos determinados por la autoridad que no hayan sido impugnados o respecto de los cuales el contribuyente se desista del medio de defensa. 

La solicitud debe presentarse a más tardar el 31 de octubre de 2026, mediante caso de aclaración en el Portal del SAT o de forma presencial. Si procede, la autoridad emite una línea de captura para pagar en los 15 días naturales siguientes. 

En este supuesto se permite pagar hasta en seis parcialidades, siempre que la última se cubra a más tardar el 30 de noviembre de 2026 y que el contribuyente no esté en concurso mercantil o quiebra. Si hay incumplimiento, el estímulo pierde efectos y el SAT aplica pagos conforme al orden del artículo 20 del CFF. 

Además, la solicitud suspende el procedimiento administrativo de ejecución sin necesidad de garantizar el interés fiscal e interrumpe la prescripción; pero, a la vez, implica consentir el crédito: si se impugna total o parcialmente, el estímulo deja de surtir efectos. 

Consideraciones fiscales relevantes

El SAT precisó que el estímulo no se considera ingreso acumulable para ISR y no genera devolución, deducción, compensación, acreditamiento ni saldo a favor. La autoridad mantiene sus facultades para verificar requisitos y condiciones del beneficio. 

Asimismo, habilitó el minisitio del “Programa de Regularización Fiscal 2026” y canales de atención que incluyen orientación presencial sin cita previa en oficinas, así como MarcaSAT, chat y OrientaSAT, además de Oficina Virtual con cita. 

Con información del SAT.

 
 
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