Regla Octava: Todo lo que tienes que saber

Las empresas en México pueden elevar su competitividad aprovechando las facilidades administrativas que la Secretaría de Economía (SE) ofrece para potenciar el comercio exterior como lo son los programas de fomento, certificaciones, entre otras herramientas.

Una de ellas es la Regla Octava que permite a las empresas manufactureras importar maquinaria y equipo, materiales, insumos, así como partes y componentes con una tasa arancelaria preferencial, o bien, con una exención arancelaria.

Si no conoces en qué consiste, o bien, tu empresa busca tramitar este perimiso, quédate ya que en este blog abordaremos su objetivo, fundamento legal, mercancías que están dentro de su alcance así como los requisitos operativos para su obtención.

Este instrumento está previsto en el artículo 2, fracción II de las Reglas Complementarias para la interpretación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE).

Diferencia con el programa IMMEX

Si bien, el programa Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) permite el ingreso de insumos y activo fijo para los procesos productivos de las plantas establecidas en el país, la exención arancelaria se dá con la condición de que tales mercancías sean retornadas al extranjero luego de ser transformadas.

En tanto que la Regla Octava se aplica tanto para importaciones definitivas como temporales de fracciones arancelarias de la partida 98.02 de la TIGIE.

Es decir, que las mercancías importadas al amparo del programa IMMEX no podrán permanecer en el país a menos que se realice un procedimiento de cambio de régimen y paguen las contraprestaciones correspondientes.

Cabe senalar que las fracciones arancelarias de la citada partida tienen asignado un arancel ad valorem del Exento que indica la TIGIE.

Vigencia de la Regla Octava

De acuerdo con la normatividad vigente, para importaciones definitivas la Regla Octava tiene una vigencia de un año o menos, cuando el proceso productivo así lo requiera. 

En tanto que para las importaciones temporales, la vigencia es de 2 años, prorrogables por un periodo igual.

Trámite y requisitos 

Esta, como otras herramientas para el comercio exterior, debe de tramitarse por medio de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM) proporcionando datos ycumpliendo requisitos específicos de acuerdo con la modalidad elegida:

Regla Octava temporal 

Pueden solicitarla las empresas que cuenten con algún Programa de Promoción Sectorial (Prosec) y un Programa IMMEX y requieran importar temporalmente mercancías de la de la Partida 98.02.

Para ello, deben reportar entre otros datos el régimen, clasificación del régimen, categoría del producto, descripción de la mercancía, fracción arancelaria, unidad de medida, cantidad y valor en dólares solicitados y autorizados, esquema de regla octava, país desde donde se importará, entidad federativa, representación federal así como número Prosec e IMMEX.

El trámite de solicitud y renovación de regla octava se realiza a  través de VUCEM

Regla Octava definitiva

Este trámite es para empresas que cuenten con algún Programa Prosec y requieran importar definitivamente mercancías de la Partida 98.02.

Además de los requisitos para la Regla Octava temporal, aquellos interesados en obtener este permiso de manera definitiva deberán adjuntar un reporte elaborado por un contador público registrado dirigido a la  Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) de la SE, certificando lo siguiente:

  • Domicilio fiscal de la empresa.

  • La capacidad instalada de procesamiento del producto o productos solicitados.

  • Consumos del insumo o insumos solicitados de producción nacional e importado durante el año anterior o desde el inicio de su operación cuando éste sea menor a 12 meses adquiridos por el solicitante.

  • Productos a fabricar con los insumos solicitados.

Respuesta a la solicitud

El plazo de respuesta a la solicitud es de 15 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de recepción. 

Si la dependencia no responde en ese plazo, se entenderá que el permiso ha sido otorgado.

En conclusión, la Regla Octava es una herramienta importante para la competitividad de las empresas manufactureras en México. Al reducir los costos de producción pueden mejorar su productividad, lo que les permite aumentar sus ventas y generar más empleos.

Fuente: SNICE y VUCEM

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