Radio Incomex, episodio 11: Cómo cumplir con el expediente electrónico de comercio exterior

El expediente electrónico es una obligación normativa en vigor que debe incluir los documentos que respaldan las operaciones de comercio exterior, por ello estos se deben resguardar para conservarse como parte de la contabilidad de la empresa, como lo indica el Código Fiscal de la Federación (CFF).

Lorena Beltrán, conductora y directora de I-Xport, explica sus fundamentos legales, las bases para integrarlo, sanciones por incumplimiento y más en el episodio 11 del podcast Radio Incomex, edición Comercio Exterior.

Beltrán resalta que el contar con un expediente electrónico es una obligación permanente; no es que la autoridad esté revisando constantemente o requiriendo documentos cada cierto tiempo. Sin embargo, tiene la facultad de requerir lo que considere necesario, ya que está en el entendido de que las empresas se encuentran en constante cumplimiento y por ello es obligación del contribuyente monitorearlo.

Respecto a los documentos que debe integrar el expediente electrónico, comenta que estos dependen de las operaciones específicas de cada empresa, aunque brindó una lista de los que considera son los básicos e indispensables.

Un fundamento legal que regula al expediente es la Ley Aduanera. El artículo 6 habla de la obligación de transmitir la información necesaria a la autoridad a través del Sistema Electrónico Aduanero (SEA) mediante un documento electrónico o digital. También se encuentra el artículo 36 y 36-A que habla de obligaciones, pero de quienes introduzcan o extraigan mercancías del país, prácticamente cualquier importador o exportador.

En caso de alguna discrepancia en un documento, la autoridad indica que el que prevalecerá es el que ellos tengan en su poder, esto debido a la posibilidades de modificación.

Por otro lado, el CFF establece que la información de la contabilidad —entre la que se encuentra el expediente electrónico de comercio exterior— debe resguardarse durante cinco años, pero hay operaciones en las que el tiempo debe ampliarse.

Ejemplifica con el tema de los activos fijos, pues aquellas empresas que tengan programa IMMEX con maquinaria y equipo importado temporalmente tienen la obligación de contar con un expediente durante el tiempo que esa mercancía se encuentre en México, aunque pasen más de 5 años. 

Por otra parte, señala que la misma Ley Aduanera, en su artículo 184 fracción I, menciona que se comete una infracción cuando no se transmite o presenta ante las autoridades aduaneras la información que ampare las mercancías; como se refiere en los artículos 36 y 36-A y otras disposiciones jurídicas aplicables.

Conoce la información completa escuchando el episodio del podcast en las diferentes plataformas disponibles.

Recuerda que este podcast es producido por INCOMEX en colaboración con I-Xport para brindarte recomendaciones e información sobre el correcto cumplimiento, y puedes escucharlo en Spotify, Amazon Music, Google Podcast y Stitcher. No olvides suscribirte y compartir los episodios.

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