Esquema de fianzas o garantías
Las empresas que no cuentan con Certificación IVA e IEPS y que busquen realizar importaciones temporales con el beneficio de no pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) por la introducción de los bienes (siempre y cuando se retornen las mercancías en tiempo), pueden recurrir a la figura de garantías en materia de IVA e IEPS.
En el episodio 11 de la segunda temporada de Radio Incomex, edición Comercio Exterior, Alejandro Márquez, asociado de TP Customs Compliance, explica esta figura y los detalles de cuándo puede emplearse.
A diferencia de la certificación, la figura de garantías no tiene un crédito abierto, sino que se contrata un monto que funciona como límite y al realizar las importaciones el IVA por el ingreso de los bienes no puede rebasar a este.
Para acceder a esta figura se debe garantizar el interés fiscal mediante una fianza o carta de crédito otorgada por una institución financiera autorizada.
Detalló que la afianzadora solicitará a la empresa respaldar el monto que solicita con activos o un depósito. En caso de optarse por un depósito, éste se definirá según un análisis que haga la afianzadora sobre la salud financiera de la empresa interesada.
Para conocer todos los detalles de esta figura, sus aplicaciones y cómo funciona, escucha el episodio completo.
Recuerda que este podcast es producido en colaboración con INCOMEX para brindarte recomendaciones e información sobre el correcto cumplimiento, y puedes escucharlo en Spotify, Amazon Music, Google Podcast y Stitcher. No olvides suscribirte y compartir los episodios.