Entra en vigor prohibición de importación de mercancías producto de trabajo forzoso

El 18 de mayo de 2023 entró en vigor el Acuerdo que prohibe la importación de mercancías relacionadas con trabajo forzoso y obligatorio, incluyendo el trabajo infantil forzoso u obligatorio.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 17 de febrero pasado, este acuerdo permitirá a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en conjunto con la Secretaría de Economía (SE) y otras autoridades, investigar las mercancías importadas que sean producidas total o parcialmente mediante trabajo forzoso. 

En caso de confirmarse dicha situación, México tendrá la facultad de prohibir la entrada de estas mercancías a territorio nacional.

Tanto personas físicas como morales pueden solicitar investigaciones, y la STPS cuenta con un plazo de 180 días para llevarlas a cabo estas investigaciones utilizando los indicadores de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), según lo estipulado en el Acuerdo. 

Para ello, se creó la Guía para la Instrumentación del Mecanismo para Restringir la Importación de Mercancías Producidas con Trabajo forzoso u Obligatorio

Estas acciones son parte del cumplimiento del artículo 23.6 del Capítulo Laboral del T-MEC, el cual establece la prohibición de importar mercancías producidas con trabajo forzoso. 

Además, se destaca que la STPS se ha incorporado a la comisión intersecretarial para la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM), como parte de los esfuerzos para asegurar el cumplimiento de estas regulaciones en materia de comercio exterior. 

Fuente: Secretaría de Economía y el DOF.

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