Carta Porte en operaciones de comercio exterior será exigible en enero de 2024
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que será a partir del 1 de enero de 2024 cuando será exigible la transmisión del folio fiscal del CFDI con Complemento Carto Porte en el pedimento al Sistema Electrónico Aduanero en las operaciones de comercio exterior.
De igual forma, la autoridad fiscal determinó extender hasta el 31 de diciembre de 2023 el plazo para la no aplicación de multas por errores en el llenado de este documento, o bien, no se realice de acuerdo con el instructivo para tal efecto publicado en el portal del SAT.
Te sugerimos leer este blog para conocer todos los movimientos relacionados con el comercio exterior en los que es necesaria la emisión del CFDI con complemento Carta Porte.
Cabe recordar que las multas relacionadas con la Carta Porte son las siguientes:
De $880.00 a $17,030.00 pesos por no exhibir el CFDI con complemento Carta Porte en formato físico o digital.
De $19,700.00 a los $112,650.00 pesos por no expedir un CFDI, no entregarlo o ponerlo a disposición del cliente; o expedirlo sin cumplir con los requisitos señalados en las guías, es decir, con errores.
De $1,700.00 a $3,380.00 tratándose de personas físicas con actividad empresarial que incurran en el supuesto anterior
Clausura en caso de reincidir en los puntos anteriores.
De $400.00 a los $600.00 por cada CFDI que no cuente con los complementos que se determinen mediante las reglas de carácter general.
Por otro lado, es importante tener en cuenta que, aunque no se están aplicando sanciones por no emitir el documento, es necesario generarlo para comprobar la posesión y legal estancia de las mercancías en el país.
También para poder deducir el Impuesto sobre la Renta (ISR) los gastos de transporte en el caso de la contratación del servicio, así como acreditar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) derivado de tal operación.
Fuente: SAT.